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B2B Términos y condiciones

ACUERDO MARCO PARA LA SUSCRIPCIÓN DE SERVICIOS

Términos y
condiciones B2B

REUNIDOS

A. Powereducation, S.L., una sociedad española, con domicilio social para estos efectos en Calle Arturo Soria, 245, 28033, Madrid, España y N.I.F. número B87867297 (“ThePower” o “TP”).

B. La entidad legal cuyos datos y representante legal aparecen en la hoja de encargo (tal y como este término se define a continuación) (la “Sociedad”).

En adelante, ThePower y la Sociedad se denominarán colectivamente las “Partes” y cada una de ellas se denominará individualmente como la “Parte”.

EXPONEN

I. ThePower es una reconocida escuela de negocios online constituida según las leyes de España, que se dedica a la formación online y que ostenta una filial íntegra y directamente participada cuya denominación social es ThePowerMBA, Inc, con domicilio social en 2035 Sunset Lake Road, Suite B2, Newark, 19702, New Castle, Delaware y número de identificación (E.I.N.) 38-4131772 (“TP USA”).

II. ThePower, ya sea directamente o a través de TP USA, ofrece programas (i) que están basados en metodologías de aprendizaje a través de diferentes contenidos audiovisuales y educación telemática producidos por TP y TP USA, con la colaboración de diferentes profesionales (los “MBAs“); y (ii) de contenido automatizado que están centrados en temas muy específicos del mundo empresarial y son producidos por TP y TP USA, con la colaboración de diferentes profesionales (conjuntamente referido como los “Programas”).

III. Que TP se centra en la comercialización y el desarrollo de los Programas en español y TP USA secentra en la comercialización y el desarrollo de los Programas en inglés.

IV. Que la Sociedad está interesada en suscribir determinadas licencias de uso de los Servicios (tal y como se definen a continuación) de TP para la formación de sus empleados y, a tales efectos, ha suscrito con TP una hoja de encargo (la “Hoja de Encargo”).

Por ello, ambas Partes, puestas de común acuerdo proceden a la formalización del presente Contrato deColaboración y la Hoja de Encargo (conjuntamente referidos como, el “Contrato”), el cual se encuentra actualizado a fecha 19 de febrero de 2024 y surtirá efectos entre la Sociedad y TP desde el momento en el cual la Sociedad suscriba la Hoja de Encargo (y por tanto, acepte los términos y condiciones de esteContrato).

El Contrato se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

1. Naturaleza del Contrato

1.1 Este Contrato es de naturaleza mercantil, no existiendo vinculación laboral alguna entre, por un lado, TP y, por otro lado, la Sociedad o cualquiera de los empleados o colaboradores que las Partes pudieran destinar a la prestación de los Servicios (tal y como se define en el Contrato).

1.2 La Hoja de Encargo, así como cualquier adenda y suplemento a la misma, estará sujeta a los términos de este Contrato como si fuera una parte inseparable del mismo. No obstante, en caso de discrepancia entre los términos aquí recogidos y la Hoja de Encargo, prevalecerán los términos de esta última.

1.3 Al suscribir la Hoja de Encargo, la Sociedad acepta los términos y condiciones del Contrato. Si la persona física que suscribe la Hoja de Encargo lo hace en nombre de una entidad jurídica, dicha persona física declara y garantiza que tiene la autoridad para obligar a dicha entidad y a sus filiales a cumplir estos términos y condiciones, en cuyo caso el término "Sociedad" se referirá a dicha entidad y a sus filiales. Si la persona que acepta este Contrato no tiene dicha autoridad, o no está de acuerdo con estos términos y condiciones, dicha persona no debe aceptar este Contrato y no puede utilizar los Servicios (como se define a continuación).

1.4 TP actuará como entidad independiente, y ni TP ni ninguno de sus empleados tendrán derecho expreso o implícito ni autorización alguna para asumir o crear cualquier obligación o responsabilidad en nombre o representación de la Sociedad, ni para vincular a la Sociedad de ninguna forma.

2. Prestación de Programas educativos por parte de TP

2.1 TP se compromete a poner a disposición de la Sociedad y, en concreto, de los empleados de la Sociedad, las licencias de uso sobre los Programas educativos que tanto TP y TP USA dispongan en cada momento para el público en general en los términos, cantidades y “salas virtuales” reflejados en la Hoja de Encargo. Asimismo, las Partes ponen de manifiesto que los empleados de la Sociedad que cursen los respectivos Programas deberán suscribir los términos y condiciones y política de privacidad de TP reflejados en sus respectivos sitios web.

2.2 TP USA pondrá sus respectivos Programas a disposición de TP para que esta última pueda ponerlos a disposición de la Sociedad, según los términos del presente Contrato.

2.3 La Sociedad manifiesta que ha sido plenamente informada antes de la firma de este Contrato de la naturaleza de los Programas y ha tenido ocasión de requerir a TP toda la información necesaria para evaluar el alcance de los términos y condiciones del Contrato. En concreto, las Partes dejan expresa constancia de que los Programas ofertados por TP (incluyendo los de TP USA) no consisten en programas educativos avalados por ningún organismo y/o universidad oficial y por tanto dichos Programas no se encuentran acreditados oficialmente.

En consecuencia, la Sociedad no podrá alegar ninguna circunstancia sobreañadida o sobrevenida para pretender la modificación del Precio (según este término se define más adelante) o de su plazo.

2.4 Asimismo, las Partes reconocen y acuerdan que:

2.4.1 Las direcciones de correo electrónico de los empleados de la Sociedad que sean puestas a disposición de TP, bien por la Sociedad o bien directamente por los empleados de la Sociedad (todo ello de conformidad con lo establecido en la Cláusula 14 siguiente), serán las cuentas de correo corporativas. A estos efectos, cualquier comunicación realizada por TP será válida siempre y cuando no se le haya notificado a TP el cambio de correo del alumno en cuestión. No obstante, si las Partes así lo acuerdan, determinados empleados podrán dar sus correos personales para que se beneficien de los Programas.

2.4.2 Los empleados de la Sociedad no tendrán acceso al foro de empleabilidad ofertado por TP.

2.4.3 La Sociedad, a través de sus representantes autorizados, tendrá acceso a un portal para ver la evolución, métricas y desarrollo de cada uno de los Programas que estén cursando cada momento los empleados de la Sociedad (el “Portal de la Sociedad”). A efectos aclaratorios, TP USA pondrá sus respectivos Programas a disposición de TP en el Sitio Web de este último (tal y como “Sitio Web” se define en los términos y condiciones del Portal de la Sociedad).

3. Learning Management System

3.1 Las Partes acuerdan que, ya sea de forma individual y separada o junto con la contratación de los Programas educativos, la Sociedad podrá contratar un sistema de creación de contenido, propiedad de TP y disponible a través del Portal de la Sociedad bajo el nombre PowerLearn (“Learning Management System” o “LMS”), para que la Sociedad pueda crear contenido educativo propio y que éste sea accesible a sus empleados a través del Portal de la Sociedad y la plataforma de TP.

3.2 Características técnicas del LMS

3.2.1 Navegadores y plataformas: TP dará soporte al LMS en las dos últimas versiones mayores de los siguientes navegadores y plataformas: Firefox, Chrome, Safari, Microsoft Edge y Android Browser.

3.2.2 Otros datos:

Concepto Estado / Capacidad

Cookies -> Habilitadas

Javascript -> Habilitado

Bloqueo de ventanas emergentes -> Deshabilitado

Ancho de banda máximo mensual -> Ilimitado

Límite de subida de archivos -> 1 500 MB

Límite de espacio en el disco -> 2 75 GB

1 Para habilitar subida de archivos educativos con un tamaño superior a 0,5 GB (sin incluir), será necesario obtener una solicitud previa por parte de TP.

2 En caso de desear aumentar el espacio disponible, la Sociedad deberá ponerse en contacto con el representante comercial de TP.

3.3 Salvo pacto en contrario, el LMS estará disponible durante la totalidad del Contrato y se regirá por las condiciones, niveles de servicio y términos de seguridad reflejados en la Hoja de Encargo del Contrato.

4. Servicios de mentoría o coaching

4.1 Las Partes acuerdan que, ya sea de forma individual y separada o junto con la contratación de los Programas educativos y/o el LMS, la Sociedad podrá contratar en favor de sus empleados servicios de mentoría o coaching, que podrán estructurarse tanto de forma individual como grupal (en adelante, "Coaching"). En este sentido, los servicios de Coaching serán efectuados por TP, ya sea de forma directa o a través de un tercero designado por TP (en adelante, el "Mentor").

4.2 Salvo pacto en contrario, las Partes establecen que los ejercicios de Coaching serán llevados a través de medios telemáticos u otras herramientas digitales análogas. No obstante lo anterior, las Partes podrán acordar también sesiones de Coaching de carácter presencial, ya sea en las instalaciones de la Sociedad o de TP.

4.3 Las Partes acordarán en las respectivas Hojas de Encargo y/o en un documento separado -al cual aplicarán los términos recogidos en el Contrato- las condiciones económicas, recurrencia, horarios y demás términos y condiciones que serán de aplicación al Mentor para la ejecución de los servicios relativos al Coaching.

4.4 El Mentor llevara a cabo los servicios de Coaching con la mas estricta profesionalidad y confidencialidad, protegiendo las opiniones de los empleados, testimonios y motivos de consulta..

5. Condiciones de los Programas, del LMS y del Coaching

5.1 Los Programas, el LMS y el Coaching (conjuntamente referidos como los “Servicios”) serán para el uso exclusivo y formación de los empleados de la Sociedad, no pudiendo la misma utilizar ninguno de los Servicios con un fin distinto al del presente Contrato sin el consentimiento previo y por escrito de TP.

5.2 La autorización concedida al amparo del presente Contrato supone una licencia de uso temporal sobre los Programas y, en su caso, el LMS contratados por la Sociedad y no supone en ningún caso la transmisión de ninguno de los derechos que TP y TP USA ostentan o pudieran ostentar sobre dichos Programas, el LMS y el Coaching. De tal forma, la Sociedad, como licenciataria, no podrá revender, transferir a terceros, arrendar, alquilar o prestar cualesquiera de los Servicios.

5.3 La presente licencia sobre los Servicios se concede de forma no exclusiva y con carácter intransferible. La Sociedad no tendrá derecho a realizar ninguna modificación sobre los Servicios, sin perjuicio de poder acordar con TP productos concretos diseñados para el personal de la Sociedad tales como (i) webinars creados específicamente para el personal de la Sociedad como grupo exclusivo en la plataforma; (ii) un evento de kick-off de bienvenida; o (iii) un acto de clausura del programa.

5.4 La Sociedad está autorizada únicamente a la realización de actos de reproducción y comunicación pública de los documentos que componen los Servicios en su entorno corporativo, para fines de formación de sus empleados en la plataforma de formación habilitada a tal efecto.

5.5 Cualquier modificación en los Servicios únicamente será vinculante para las Partes en caso de llevarse a cabo mediante acuerdo previo y exceso de las Partes. Por lo tanto, la prestación de cualesquiera servicios distintos de los Servicios no podrá llevarse a cabo hasta que la Sociedad haya aprobado su prestación con carácter previo y expreso.

5.6 TP se reserva el derecho de cancelar, interrumpir, reprogramar o modificar cualquiera de los contenidos incluidos en sus respectivos los Servicios o, en relación con los Programas, de cambiar el valor en puntos o el peso de cualquier módulo, cuestionario u otra evaluación, para mantener en todo momento el contenido actualizado y ofreciendo la mayor calidad de los mismos.

A efectos aclaratorios, (i) la cancelación antes mencionada, en caso de producirse, sólo se referirá a algunos ajustes menores de las grabaciones comprendidas en los distintos Programas cuyo fin es mantener el programa actualizado y no supondrá la eliminación de la calidad, contenido global y los servicios contratados por la Compañía relativos al Programa; y (ii) en todo momento habrá contenido disponible para los empleados de la Sociedad y podrán acceder a sus Programas con contenidos de alta calidad y similares a los acordados entre las Partes.

5.7 Ambas Partes manifiestan y garantizan, en relación con los Servicios, reunir respectivamente todos los requisitos de las leyes laborales, de Seguridad Social y fiscales españolas que, por su situación, le correspondan, haciéndose los únicos y exclusivos responsables de las consecuencias que por estos conceptos pudieran ocasionarse.

6. Lugar y prestación de los Servicios

6.1 Las Partes reconocen que la prestación de los Servicios se llevará a cabo de forma telemática. De tal forma, será responsabilidad, en su caso, de la Sociedad procurar el espacio, las infraestructuras y los servicios complementarios necesarios para la correcta ejecución de los Servicios y que los empleados de la Sociedad puedan beneficiarse de los mismos.

6.2 En caso de que las Partes acuerden que la prestación de servicios relativos al Coaching se lleve a cabo en las instalaciones de la Sociedad, ésta deberá procurar el espacio, las infraestructuras y los servicios complementarios necesarios para la correcta ejecución de dichos servicios de Coaching y que los empleados de la Sociedad puedan beneficiarse de los mismos.

7. Contratación como entidad gestora de la formación programada ante la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (“Fundae”)

7.1 Las Partes acuerdan que, además de la prestación de Servicios, la Sociedad podrá contratar a una entidad experta que TP designe (el “Tercero Experto”), para que actúe como Gestor de la formación ante la formación programada de Fundae (la “Gestión de la Formación”).

7.2 En caso de que la Sociedad opte por la contratación de los servicios relativos a la Gestión de la Formación, el Tercero Experto y la Sociedad deberán suscribir y regir sus respectivos derechos y obligaciones relativos a la gestión de la formación mediante la aprobación de una propuesta comercial.

7.3 En todos aquellos casos en los que la Sociedad opte por la formación bonificada de Fundae, ya sea a través de la gestión de la Formación ofrecida por el Tercero Experto, o a través de la propia Sociedad, esta última deberá avisar con un período de antelación de un (1) mes a TP y al Tercero Experto, en su caso, acerca de su voluntad de bonificar la formación de sus empleados, el número de empleados que serán bonificados a través de Fundae y el Programa a cursar por cada uno de ellos de forma que TP y el Tercero Experto puedan realizar las gestiones correspondientes necesarias en el aplicativo telemático de Fundae y solicitar la documentación necesaria para tramitarlo.

8. Contraprestación y Facturación

Pago relativo a los Servicios

8.1 La contraprestación que abonará la Sociedad por la prestación de los Servicios se estipula en función del número total de los empleados acordados entre las Partes, el alcance y nivel del LMS o el número de empleados que se benefician del Coaching, en su caso, y según los términos y condiciones detallados en la Hoja de Encargo (el "Precio").

8.2 La Sociedad procederá al pago de las facturas de conformidad con los términos y condiciones que se establecen en la Hoja de Encargo. Esta transferencia se efectuará a la cuenta corriente y entidad bancaria titularidad de TP que se determine en factura. Salvo que se establezca otro mecanismo en la Hoja de Encargo, el pago deberá hacerse por domiciliación bancaria y las Partes se comprometen a firmar una orden de domiciliación de adeudo directo SEPA a tales efectos.

8.3 El Precio no incluye los impuestos indirectos que según la legislación sean aplicables y se actualizará con carácter anual de conformidad con el Índice de Precios al Consumo español. Servicios relativos a la tramitación de la formación en Fundae.

8.4 En caso de que Tercero Experto y la Sociedad acuerden la prestación de servicios relativos a la gestión de la Formación, la Sociedad abonará al Tercero Experto, un 10% adicional del Precio que sea aplicable en cada momento entre las Partes como consecuencia de dicha encomienda de gestión de la Formación.

8.5 La Sociedad abonará las cantidades relativas en concepto de la gestión de la Formación al inicio de cada grupo comunicado en FUNDAE teniendo en cuenta los empleados de la Sociedad que estén matriculados en los respectivos Programas, previa emisión de la factura correspondiente por parte del Tercero Experto. En este sentido, en caso de que la Sociedad no abone las cantidades referidas en la Cláusula anterior en los plazos establecidos, TP y/o el

Tercero Experto estarán facultados para rescindir la respectiva propuesta comercial sin ningún tipo de penalización ni responsabilidad y, por ende, no comunicar a través de la aplicación telemática disponible en la web de Fundae la finalización de las acciones formativas.

8.6 La facturación para aplicar las bonificaciones de forma correcta han de realizarse por año natural. Por lo tanto, antes de la finalización del año se emitirá una factura final regulando el precio correspondiente de todos los Programas cursados por los empleados de la Sociedad en cuestión. Para poder aplicar la bonificación las facturas han de estar abonadas antes de la presentación del boletín de cotización del mes de diciembre.

9. Duración

9.1 Salvo que se pacte lo contrario en la Hoja de Encargo, el presente Contrato entrará en vigor en la fecha en la que se suscriba la Hoja de Encargo, y tendrá una duración anual. En este sentido, la Sociedad tendrá un periodo mínimo de cumplimiento de al menos los doce (12) primeros meses. Pasado dicho periodo, el Contrato se renovará automáticamente por períodos anuales, salvo que sea notificado por escrito por cualquiera de las Partes con al menos dos (2) meses de antelación a la finalización del periodo inicial o cualquiera de sus extensiones.

9.2 Una vez finalizado el Contrato, éste se entenderá terminado sin que de ello se deriven derechos ni obligaciones económicas para ninguna de las Partes. La terminación del Contrato por cualquier razón interrumpirá el acceso de los empleados de la Sociedad a cualesquiera de los Programas que estuvieran cursando y, en su caso, al LMS y/o Coaching.

9.3 La notificación de cancelación no impedirá que los empleados de la Sociedad disfruten de los Programas y, en su caso, el LMS y/o Coaching hasta la terminación del periodo que la Sociedad hubiera contratado con TP y siempre y cuando la Sociedad hubiera abonado las cuotas que le correspondiera.

10. Nivel de prestación de los Servicios

10.1 Hosting

10.1.1 El servicio de hosting incluye la puesta en marcha de los sistemas operativos y el portal web relativos a los Servicios así como de sus servicios de red y la configuración de los mismos. Además del manejo de los servicios complementarios o auxiliares, tales como la monitorización o las copias de seguridad.

10.1.2 Los servicios de hosting ofrecidos por TP incluyen una monitorización proactiva de los Servicios, de modo que cualquier problema que pueda surgir en cualquiera de distintos procesos de monitorización (espacio en disco, uso de procesador, memoria, etc.,) será comunicado de forma automática a los técnicos de TP para su resolución.

10.2 Seguridad de los Servicios

10.2.1 TP alberga el hosting de sus servicios, tanto propios como contratados con terceros, en proveedores ISP, que alojan los servidores en CPDs y que cumplen con los más altos estándares industriales relativos a continuidad de servicio tanto eléctrico como de red, seguridad física y lógica, que nos permiten ofrecer un alojamiento estable y una disponibilidad de servicio del 99% en el ámbito de este tipo de infraestructuras (sin incluir el tiempo de actualizaciones, interrupciones de servicio o ventanas de intervención).

10.2.2 De conformidad con el principio de mínimo privilegio, TP asignará los permisos necesarios y suficientes, durante un periodo limitado de tiempo y con el mínimo de derechos posibles, a los distintos usuarios para que éstos puedan desempeñar sus funciones laborales. Asimismo, todos los datos y contenidos de la Sociedad contratante del LMS estarán en una colección de datos cifrada y separada de potenciales accesos de terceros o clientes de TP. En este sentido, únicamente tendrán acceso a la colección de datos representantes autorizados de TP con niveles de privilegios de administración, así como los representantes autorizados de la Sociedad.

10.2.3 Adicionalmente, (i) todos los empleados de TP tienen instalado un antivirus que permite detectar posibles ataques o intrusiones en el sistema operativo los dispositivos del empleado o en aquella información que tengan almacenada; (ii) se garantizan que todos los sistemas operativos tienen siempre instalados los últimos parches de seguridad; y (iii) el proveedor tercero de hosting de TP (i.e. Amazon Web Services) cuenta con los más altos estándares y niveles de ciberseguridad en cuanto al tratamiento de datos personales, de conformidad con la ISO/IEC 27001 y la legislación de protección de datos aplicable.

10.3 Portal de la Sociedad

10.3.1 La Sociedad, a través de sus representantes autorizados, tendrán acceso al Portal de la Sociedad de TP, donde podrán acceder, aparte de los contenidos referidos en la Cláusula 2.4.3 del Contrato, al sistema de creación de contenido del LMS, información sobre dicho sistema, documentos de preguntas frecuentes y registrar una incidencia para que sea atendida por el personal de atención al cliente (“CS”) o servicio de soporte técnico (“SST”) de TP.

10.3.2 Los representantes autorizados podrán contactar, bien a través de un chat habilitado a tal efecto en el Portal de la Sociedad o bien a través de una cuenta de email destinada a tal efecto (support.incompany@thepowermba.com), cualesquiera incidencias técnicas o dudas de funcionamiento que tengan con los Servicios para que ésta sea atendida por el personal de TP.

10.4 Clasificación de incidencias

10.4.1 Definición de incidencias

Se considerará una incidencia como un único problema de soporte técnico junto con el esfuerzo razonable necesario para resolverlo. A su vez, un solo problema de soporte técnico será un problema que no se puede dividir en problemas subordinados. Si un problema consta de problemas subordinados, cada uno se considerará como una incidencia independiente. Una incidencia puede requerir varios contactos y una investigación sin conexión para llegar a la resolución final. Las dudas y consultas de uso de los Servicios no están sujetas a la definición de incidencia.

10.4.2 Nivel Crítico

10.4.2.1 Se engloban en este nivel de severidad todas aquellas incidencias que impiden por completo el uso del servicio contratado para todos los usuarios.

10.4.2.2 Se registrará el tiempo de primera respuesta en un tiempo máximo de ocho horas cualquier incidencia de este tipo, trabajando a partir de entonces hasta solucionar el problema y restablecer la funcionalidad o funcionalidades fuera de servicio.

10.4.3 Nivel Medio

10.4.3.1 Se engloban en este nivel de severidad todas aquellas incidencias que impiden el uso de una o varias de las funcionalidades importantes del servicio, pero que no afectan a todos los usuarios ni impiden que se interrumpa el servicio contratado.

10.4.3.2 Se registrará el tiempo de primera respuesta en un tiempo máximo de doce horas cualquier incidencia de este tipo, trabajando a partir de entonces hasta solucionar el problema y restablecer la funcionalidad o funcionalidades fuera de servicio.

10.4.4 Nivel Bajo

10.4.4.1 Se engloban en este nivel de severidad todas aquellas incidencias que no están relacionadas con el mal funcionamiento del servicio en su conjunto y que afectan sólo de forma ligera a un número reducido de usuarios.

10.4.4.2 Se registrará el tiempo de primera respuesta en un tiempo máximo de veinticuatro horas, trabajando a partir de entonces en horas de oficina hasta solucionar el problema.

10.4.5 En las incidencias de prioridad media y baja, la salida a producción de las soluciones estará sujetas a los ciclos de los productos del LMS, que oscilan aproximadamente entre 1 y 3 meses. En el caso de las prioridades críticas, su salida a producción de las soluciones será lo antes posible dando la máxima prioridad dentro del horario de oficina y en un máximo de 24 horas. A efectos aclaratorios, las peticiones de evolutivo funcional no se englobarán bajo ningún tipo de incidencia.

10.5 Características generales de las incidencias

10.5.1 Los tiempos de resolución de incidencias van a depender de la naturaleza y causa de la solución. Una resolución puede consistir en un parche o un proceso alternativo bajo la supervisión del servicio de soporte y los contactos autorizados por TP.

10.5.2 Aunque el SST hará sus mejores esfuerzos para resolver la incidencia en cuestión, no se podrá garantizar que se resolverán todos los problemas debido a la diversidad de las configuraciones informáticas de los clientes de TP. Asimismo, la Sociedad podrá cerrar un caso antes de que se resuelva. El SST acordará la definición del problema con el representante autorizado de la Sociedad cuando éste plantee el incidente de soporte técnico. El incidente se cerrará cuando el profesional del SST haya ofrecido al representante una o más soluciones. Si el profesional de soporte técnico no puede encontrar una solución, se le notificará de ello al usuario y el caso se cerrará como no

resuelto.

10.5.3 La Sociedad se compromete a cooperar y trabajar en estrecha colaboración con el SST para reproducir los errores, incluyendo la realización de actividades de diagnóstico o solución de problemas. Además, sujeto a la aprobación de la Sociedad, y caso por caso, se puede solicitar a los distintos usuarios que proporcionen acceso remoto a su sistema de escritorio para la resolución de problemas.

10.5.4 Las incidencias creadas por interacción de un software de otro fabricante o por configuración de los aplicativos locales del equipo de escritorio o portátiles quedarán fuera del ámbito del SST. No obstante lo anterior, TP se compromete a hacer sus mejores esfuerzos para localizar el origen del problema, pero no podrá dar consejos de configuración y adaptación de herramientas de terceros fuera del LMS, a excepción de los periodos concertados con TP de integraciones previas al despliegue y navegadores compatibles (informados por el producto).

10.5.5 El SST no incluirá las siguientes circunstancias: (i) propuestas de la Sociedad para características del producto; (ii) soporte in situ; (iii) análisis de causas principales; (iv) productos fuera del ciclo de vida de soporte técnico; (v) escritura o revisión de código personalizado; o (vi) recuperación de contenido subido al LMS (e.g. vídeos o cualquier otro recurso de la Sociedad) o borrado desde las funciones estándar de los productos.

10.6 Resolución de dudas relativas al uso del Servicio

10.6.1 Las dudas sobre el uso o funcionamiento general de los Servicios que no estén catalogadas dentro de las incidencias técnicas se comunicarán al equipo de CS de TP, tal y como se indica en la Cláusula 9.3.2 anterior, bien a través de un chat de la plataforma del Portal de la Sociedad o escribiendo un email a support.incompany@thepowermba.com.

10.6.2 Por otro lado, en caso de que las dudas mencionadas en la Cláusula anterior las tengan los alumnos de la Sociedad que estén cursando los Programas de TP, éstos podrán comunicarlas a través de un chat habilitado a tales efectos en la plataforma educativa de TP o escribiendo un email a hola@thepowermba.com.

10.6.3 El horario de servicio para la resolución de este tipo de cuestiones será de lunes a viernes de 09:00 a.m. a 23:59 p.m. CET. Las dudas sobre el funcionamiento de los Servicios se recibirán y registrarán dentro de ese horario. Los festivos nacionales de España no estarán incluidos y el horario de soporte de CS estará disponible en español e inglés.

10.6.4 Los tiempos de primera respuesta variarán en función del canal de comunicación elegido: siendo un tiempo inferior a 10 minutos en caso de optar por el Chat de la Plataforma y un tiempo inferior a tres horas en caso de optar por comunicación por email.

10.6.5 Aunque el servicio de CS hará sus mejores esfuerzos para resolver la duda en cuestión, no se podrá garantizar que se resuelvan todas. Asimismo, la Sociedad podrá cerrar un caso antes de que se resuelva. El equipo de CS acordará la definición de la duda con el representante autorizado de la Sociedad (o, en su caso, el alumno) cuando éste se la plantee y la misma se cerrará cuando el profesional de CS haya ofrecido al representante (o, en su caso, el alumno) una o más soluciones. Si el profesional de CS no puede encontrar una solución, se le notificará de ello al usuario y el caso se cerrará como no resuelto.

10.7 Exclusión de responsabilidades

10.7.1 Errores en las conexiones, caso fortuito y fuerza mayor

TP no será responsable de la falta de disponibilidad en el servicio de hosting, de los errores, retrasos en el acceso, o cualquier anomalía que sea debida a problemas de conexión de la persona contratante, causas de caso fortuito, fuerza mayor o cualquier otra contingencia totalmente imprevisible y por tanto ajena a la buena fe de TP y no imputable a la misma.

10.7.2 Daños y responsabilidad

10.7.2.1 TP en ningún caso será responsable por los errores o daños producidos por el uso ineficiente y de mala fe del Servicio por parte de la Sociedad o sus empleados o terceros que cursen los Programas en calidad de alumnos. Tampoco será responsable de las consecuencias derivadas por la falta de comunicación con la persona contratante cuando sea imputable al no funcionamiento del correo electrónico facilitado o a la falsedad de los datos proporcionados por la persona contratante.

10.7.2.2 La Sociedad exime a TP de cualquier responsabilidad relativa a la creación y subida de su contenido de propio (i.e. Contenidos de la Sociedad, tal y como se define a continuación) en la plataforma del LMS y se compromete a mantener a la TP indemne, de tal manera que TP no tenga que hacer ningún desembolso, contra cualquier reclamación, daño (directo, indirecto o lucro cesante), multa, pérdida, sanción o cualquier responsabilidad que surja de cualquier evento relacionado con la creación y subida de los Contenidos de la Sociedad a la plataforma del LMS.

10.7.3 Interrupción del servicio

10.7.3.1 TP se reserva el derecho a interrumpir temporalmente la prestación del servicio por necesidades imperativas de mejora, reparación o sustitución de los medios técnicos utilizados para la prestación del mismo. Se intentará notificar previamente a la Sociedad el horario de realización de estas tareas para que ésta pueda planificarse y, en la medida de lo posible, se intentará que dicha interrupción se haga en horario de menor actividad de la Sociedad. Asimismo, TP se reserva el derecho a interrumpir el servicio cuando la Sociedad esté incumpliendo cualquiera de las cláusulas existentes en las presentes condiciones y, muy especialmente, cuando la Sociedad esté cometiendo algún tipo de actividad ilícita, no abone el servicio o los costes adicionales, o cuando esté utilizando el servicio vulnerando lo dispuesto en las presentes condiciones. Las interrupciones de servicio que se refieran a cualquiera de las causas de esta cláusula no darán lugar en ningún caso a una indemnización o reclamación a la Sociedad.

10.7.3.2 TP asume la responsabilidad de la prestación eficiente del servicio en función de lo establecido en las presentes condiciones y en función de la solicitud concreta realizada por la persona contratante. La Sociedad renuncia expresamente a reclamar cualquier responsabilidad contractual o extracontractual por los posibles daños o perjuicios (directos, indirectos o de lucro cesante) derivados de su propio incumplimiento de las presentes condiciones.

11. Personal

11.1 TP garantiza que el personal que desarrolle las actividades contratadas poseerá la cualificación, formación, experiencia y nivel profesional adecuado a los trabajos a realizar. Asimismo, en ningún caso, el personal de TP se considerará empleados, agentes o representantes de la Sociedad.

11.2 Por otro lado, la Sociedad designará un representante o coordinador, quien de forma exclusiva mantendrá los contactos necesarios con TP a fin de resolver cuantos problemas pudieran producirse en el desarrollo de los trabajos adjudicados y para dar las indicaciones genéricas de los servicios a desarrollar.

11.3 TP utilizará el personal que considere necesario para llevar a cabo los Servicios y la Sociedad no asumirá ninguna responsabilidad derivada de las relaciones entre TP y TP USA y su personal en la prestación de los Servicios.

12. Resolución anticipada del Contrato

12.1 El Contrato podrá resolverse anticipadamente en los siguientes supuestos:

12.1.1 Por cualquiera de las Partes en caso de incumplimiento sustancial del presente contrato, si la Parte incumplidora no subsana dicho incumplimiento en un plazo de treinta (30) días a partir de la recepción de la notificación por escrito de dicho incumplimiento.

12.1.2 Si la Sociedad incumple en el pago de alguna suma adeudada en los plazos especificados en este Contrato y este incumplimiento no sea subsanado dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación por escrito de TP.

12.1.3 Por mutuo acuerdo escrito de las Partes.

13. Propiedad Intelectual e Industrial

13.1 TP y TP USA son, respectivamente, titulares de todos los derechos de propiedad intelectual e industrial de los Programas, del LMS y del Coaching. A estos efectos, la Sociedad reconoce expresamente que la utilización por parte de la Sociedad, o de los empleados de la Sociedad que cursan los Programas o utilicen el LMS o reciban los servicios de Coaching, de todos los contenidos relativos a los Programas, al LMS o al Coaching, no supondrá en ningún caso la concesión y/o adquisición de ningún derecho sobre los mismos a favor de la Sociedad más allá de lo regulado en el presente Contrato.

13.2 La Sociedad retendrá todos los derechos de propiedad intelectual, industrial y de propia imagen de cualquier contenido propio que cree y suba a la plataforma LMS (los “Contenidos de la Sociedad”). A efectos aclaratorios, la creación de los Contenidos de la Sociedad y la inclusión de éstos dentro de los módulos de los distintos Programas de TP y TP USA no otorgará a la Sociedad ningún derecho de propiedad intelectual, industrial y de propia imagen sobre los Programas propiedad de TP y TP USA, limitándose los derechos de la Sociedad anteriormente mencionados a los Contenidos de la Sociedad.

13.3 Como consecuencia de lo anterior, la Sociedad otorga, durante la duración del LMS, una licencia no exclusiva, irrevocable, sin límite temporal y gratuita sobre los Contenidos de la Sociedad en favor de TP para que ésta pueda proceder, con total amplitud, a la explotación de los Contenidos de la Sociedad para poder prestar el servicio del LMS contratado por la Sociedad.

13.4 La Sociedad declara que ostenta todos los derechos de propiedad intelectual, industrial y a la propia imagen que se puedan derivar sobre los Contenidos de la Sociedad y que la cesión de derechos bajo este Contrato no viola o infringe ningún derecho de terceros.

13.5 En el supuesto de que la Sociedad colaborase con TP en la elaboración, en el contexto de la ejecución de este Contrato y la suscripción del LMS, de cualquier obra, prestación, invención, signo distintivo o creación susceptible o no de ser objeto de derechos de la propiedad intelectual o industrial (tales como, a modo enunciativo, testimonios de alumnos, anuncios de promoción, etc.), las Partes acordarán de buena fe con anterioridad a dicha elaboración los términos y condiciones sobre los cuales podrá hacer uso la Sociedad y TP de dichos derechos de propiedad intelectual. A efectos aclaratorios, la potencial colaboración en relación con la cocreación de Programas específicos para la Sociedad estará fuera del alcance del LMS -aunque esta sea la plataforma, en su caso, sobre la cual se sustenten- y de este Contrato y se regulará en documento separado.

13.6 TP podrá anunciar y exhibir en su página web y en otros canales que la Sociedad se beneficia de los Servicios educativos de TP y TP USA y, a tales efectos, podrán -de buena fe y en todo momento cuidando la imagen de la Sociedad- usar los logos, marcas e imágenes corporativas de la Sociedad.

14. Confidencialidad

14.1 A los efectos del presente Contrato, se considerará Información Confidencial toda la información suministrada por cualesquiera de las Partes directa o indirectamente en relación con las actividades realizadas por la misma. Será considerada Información Confidencial ya sea esta proporcionada de forma verbal o escrita, datos suministrados en soporte informático o audiovisual y cualquier información adquirida por cualesquiera de las Partes.

14.2 En particular, se considerará confidencial, incluyendo, pero no limitando, cualquier información relacionada con TP y TP USA, su metodología, manuales, Programas, LMS, Coaching, módulos, planes de negocio, planes de marketing, know-how, listados de usuarios o proveedores, información financiera, marcas y cualquier otra información que pueda ser catalogada razonablemente como confidencial.

14.3 Cada una de las Partes se comprometen a tratar la Información Confidencial transmitida por la otra Parte como confidencial y en ningún caso será utilizada (para su beneficio o para el de terceros), divulgada, transmitida a terceros o hecha pública de ninguna manera por las Partes sin el previo consentimiento por escrito de la otra Parte. A efectos aclaratorios, las obligaciones de confidencialidad aquí recogidas no incluirán la mera existencia del Contrato y habilitará a cada una de las Partes a mencionar la denominación social de la otra a terceros a efectos informativos.

14.4 En cualquier momento, a solicitud de cualquiera de las Partes, o bien una vez concluido el servicio objeto del presente Contrato previo requerimiento por parte de cualquier de las Partes, la Parte devolverá inmediatamente a la otra Parte toda la información confidencial entregada en forma escrita o tangible o certificará a dicha Parte que dicha información ha sido destruida.

14.5 Las obligaciones establecidas en esta cláusula se mantendrán durante la vigencia del Contrato y de forma indefinida, incluso finalizado el mismo. En caso de incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones, la Parte cumplidora podrá exigir a la Parte incumplidora una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados.

15. Protección de datos personales

15.1 En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento UE 2016/679 General de Protección de Datos (RGPD) y de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, las Partes adoptarán cuantas medidas sean necesarias para el cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos.

15.2 Los representantes de las Partes quedan informados y prestan su consentimiento para que sus datos personales sean tratados para el desarrollo y la ejecución de este Contrato, así como para la gestión y el archivo de la documentación relacionada con él. La base legal para el tratamiento de sus datos es el cumplimiento y la ejecución de este Contrato. Los datos personales de los firmantes serán conservados por el tiempo que resulte necesario para garantizar el cumplimiento de las obligaciones legales de las Partes, periodo que puede ser de hasta seis (6) años desde el fin de la relación contractual.

15.3 De conformidad con la normativa de protección de datos, ambas Partes tienen la condición de responsables del tratamiento respecto de los datos que cada una recoja y trate en el ejercicio de sus competencias en virtud de este Contrato, y ninguna de las Partes comunicará a la otra los datos personales de los que cada una sea responsable.

15.4 En el supuesto de que fuera necesario dicha comunicación, la Parte responsable garantizará que los respectivos titulares de los datos han sido informados y han dado su consentimiento para la cesión de sus datos a la otra Parte de acuerdo con los requisitos establecidos en la normativa de protección de datos aplicable.

15.5 Los firmantes de este Contrato, que quedan informados de su derecho a presentar una reclamación ante la autoridad de control en materia de protección de datos (en el caso de España accesible en www.aepd.es), pueden ejercitar sus derechos de protección de datos (acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento, portabilidad y cualesquiera otros reconocidos por la legislación vigente) contactando con:

15.5.1 En el caso de TP: dpo@thepowermba.com y legal@thepowermba.com.

15.5.2 En el caso de la Sociedad: aquel recogido en la Hoja de Encargo

15.6 Si la Sociedad pusiera a disposición de TP datos personales diferentes de los incluidos en

este Contrato, lo hará bajo su responsabilidad, en condición de responsable del tratamiento (el “Responsable”) y TP los tratará como encargado del tratamiento (el “Encargado”), siguiendo las instrucciones documentadas de la Sociedad. Para ese caso, la presente cláusula establece obligaciones y responsabilidades de las Partes respecto de las bases de datos de carácter personal titularidad del Responsable (“Bases de Datos”), a las que el Responsable pueda dar acceso al Encargado. A continuación se detallan las características fundamentales de las Bases de Datos y del tratamiento que el Responsable autoriza al Encargado.

TRATAMIENTO A REALIZAR

• Recogida

• Registro

• Estructuración

• Conservación

• Extracción

• Consulta

• Cotejo

• Limitación

• Supresión

• Destrucción

• Conservación

• Comunicación

FINALIDAD DEL TRATAMIENTO

• Gestión de clientes

• Actividades de marketing

• Envío de publicidad y prospección comercial

• Educación y gestión de actividades relacionadas

• Recursos humanos

• Análisis de perfiles

• Prestación de servicios de comunicaciones

electrónicas

• Comercio electrónico

• Fines estadísticos, históricos o científicos

• Datos de carácter identificativo (nombre, apellido y TIPO DE DATOS email corporativo)

• Académicos

CATEGORÍAS DE DATOS

• Empleados

• Clientes y usuarios

• Asociados o miembros

• Estudiantes

• Personas de contacto designadas por los estudiantes


15.7 El Encargado se compromete a:

15.7.1 Tratar los datos personales únicamente siguiendo las instrucciones documentadas del Responsable, y abstenerse de aplicar o utilizar los datos personales para cualquier fin que no sea el cumplimiento de este Contrato.

15.7.2 Abstenerse de divulgar, ceder, transferir o comunicar los datos de cualquier forma a terceros, ya sea oralmente o por escrito, a través de medios electrónicos, escritos o acceso mediante medios telemáticos sin la autorización expresa del Responsable.

15.7.3 Permitir el acceso a los datos a sus empleados y colaboradores externos cuando sea necesario para prestar los servicios establecidos en este Contrato.

15.7.4 Informar al Responsable, a petición de éste, de la necesidad de subcontratar el tratamiento de Bases de Datos y de los datos de la empresa que será la subencargada del tratamiento antes de contratarla (en caso de que haya obtenido una respuesta del Responsable dentro de los quince días siguientes a la notificación por parte del Encargado, se entenderá que la autorización por parte del Responsable ha sido otorgada).

15.7.5 Adoptar medidas de seguridad adecuadas a las Bases de Datos, según las instrucciones que a tal efecto le facilite, por escrito, el responsable.

15.7.6 Asistir al Responsable en la respuesta a las solicitudes de ejercicio de los derechos de los interesados y comunicarle en el plazo de 5 días hábiles cualquier solicitud que reciba, para que sea el Responsable quien la atienda.

15.7.7 A la terminación de este Contrato, devolver o destruir las Bases de Datos al Responsable, según éste le solicite, a menos que exista una disposición legal que exija su conservación.

15.7.8 No llevar a cabo ninguna transferencia internacional de datos con la entidad TP USA.

16. Cesión

16.1 Ninguna de las Partes podrá ceder los derechos y obligaciones que deriven del presente Contrato sin antes obtener el consentimiento escrito de la otra Parte.

16.2 Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, cualesquiera de las Partes podrán ceder libremente este Contrato a alguna de las empresas que integren su grupo (en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio español).

17. No Exclusividad

17.1 Las obligaciones establecidas en este Contrato a cargo de TP no impedirán a éstos prestar servicios o suministrar productos similares a los regulados en este Contrato a cualquier otra entidad.

18. Miscelánea

18.1 El presente Contrato, incluyendo sus Anexos, comprende la totalidad de las obligaciones de las Partes, reemplazando cualesquiera negociaciones previas realizadas por las Partes. En este sentido, cada una de las Partes renuncia a cualquier derecho y/u obligación que se pudiera derivar de dichas negociaciones.

18.2 Cualquier modificación o renuncia a los términos de este Contrato debe hacerse por escrito y ser acordada por ambas Partes. Ninguna renuncia de las Partes a cualquier incumplimiento se considerará como una renuncia a un incumplimiento anterior o posterior de la misma u otras disposiciones del presente Contrato.

18.3 Si cualquier disposición de este Contrato se considera inválida, inaplicable o nula, la disposición se aplicará y/o adaptará de acuerdo con ley española, quedando el resto del Contrato en pleno vigor.

19. Notificaciones

19.1 Salvo que se disponga otra cosa en este Contrato, toda comunicación entre las Partes relativa a él deberá hacerse por correo electrónico. Las comunicaciones se presumirán recibidas, salvo prueba en contrato, en la fecha de la confirmación de entrega del correo electrónico.

19.2 A efectos de las comunicaciones, las Partes designan las siguientes direcciones:

19.2.1 TP: b2bcontrataciones@thepowermba.com y legal@thepowermba.com.

19.2.2 La Sociedad: aquel recogido en la Hoja de Encargo.

19.2.3 Asimismo, la Sociedad reconoce y acuerda que, para toda comunicación que tengan que hacer los empleados de la Sociedad a TP, se utilizará la siguiente dirección: hola@thepowermba.com.

19.3 Toda comunicación enviada a las direcciones que constan en el apartado precedente se entenderá correctamente efectuada. excepto si el destinatario hubiere notificado previamente a la contraparte un cambio de dirección.

20. Gastos

20.1 Todos los gastos, impuestos, contribuciones, tasas, arbitrios, presentes o futuros, que originen como consecuencia de la formalización, cumplimiento o extinción de este Contrato y de las obligaciones que de él se deriven serán satisfechos por las Partes de conformidad con la ley.

21. Legislación y jurisdicción

21.1 Cualquier conflicto relacionado con el objeto de este Contrato estará sujeto a legislación española.

21.2 Las partes, con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderle, se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid capital para cuantas cuestiones pudieran suscitarse de la aplicación o interpretación de este contrato.